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2 de junio de 2026

Quién paga la Tasa 046 del certificado energético

Documentación administrativa y formulario de tasa sobre un escritorio

La Tasa 046 es el modelo con el que se abona la inscripción del certificado energético en el Registro Andaluz. La duda que más nos llega no es cuánto cuesta, sino quién tiene que pagarla cuando hay una venta, un alquiler o una herencia de por medio.

Respuesta rápida: la paga el titular del inmueble, que es quien encarga el certificado. Al vender, el vendedor; al alquilar, el arrendador. Nunca el comprador ni el inquilino, porque el certificado tiene que estar hecho y registrado antes de anunciar y de firmar.

Quién la paga en cada caso

SituaciónQuién paga la Tasa 046Por qué
Venta de viviendaEl vendedorDebe entregar el certificado registrado en la firma ante notario
AlquilerEl arrendadorLa etiqueta tiene que figurar ya en el anuncio
Herencia que se va a venderLos herederos, una vez son titularesEl certificado se emite a nombre de quien vende
Local u oficinaEl propietarioMismo criterio que la vivienda
Obra nuevaEl promotorForma parte de la documentación de fin de obra

El criterio es siempre el mismo: paga quien es titular del inmueble en el momento de registrar el certificado, porque es a su nombre a quien se inscribe.

¿Y el técnico que firma el certificado?

El técnico certificador no es quien debe la tasa: él redacta y firma el certificado. Otra cosa es que, en la práctica, la mayoría de empresas la abonemos por cuenta del titular para no hacerle dar vueltas con el modelo. Eso es una gestión, no un cambio de obligado al pago. Si tramitas con nosotros, la tasa va incluida en el presupuesto y el registro lo presentamos nosotros.

Para qué sirve el justificante de pago

Sin la tasa abonada no hay inscripción, y sin inscripción el certificado no sirve: no vale para el notario, no vale para publicar la etiqueta en el anuncio y no genera número de registro. El justificante del 046 es el documento que acompaña a la solicitud de inscripción en el Registro Andaluz de Certificados Energéticos. Cuando el registro se resuelve, lo que acredita tu certificado ya no es el justificante sino el número de registro, que puedes comprobar en el buscador público de certificados.

Cuánto cuesta y cómo se paga

Para una vivienda normal (menos de 250 m²) son 15,28 €. El importe exacto según superficie o potencia, la calculadora y el paso a paso del pago los tienes en la guía de la Tasa 046 del certificado energético en Andalucía, que es donde mantenemos actualizados los tramos.

Qué pasa si al final no registro el certificado

La tasa se abona por la inscripción, así que si el trámite no llega a presentarse el ingreso queda sin aplicar. En ese supuesto lo que procede es solicitar la devolución de ingresos indebidos ante la Agencia Tributaria de Andalucía, aportando el justificante del 046. Es un trámite poco habitual: lo normal es pagar la tasa y presentar el registro el mismo día, y por eso conviene no abonarla hasta tener el certificado emitido.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la Tasa 046 al vender una vivienda?

El vendedor, que es el titular del inmueble y quien debe entregar el certificado energético registrado en la firma ante notario. El comprador no interviene en el pago.

¿Puede pagarla el comprador o el inquilino?

No es lo que corresponde: el certificado debe estar emitido y registrado antes de anunciar el inmueble y antes de la firma, es decir, cuando el comprador o el inquilino todavía no son titulares.

¿La paga el técnico que hace el certificado?

El obligado al pago es el titular del inmueble, no el técnico. En la práctica muchas empresas (como nosotros) la abonan por cuenta del cliente y la incluyen en el presupuesto, pero eso es una gestión del trámite.

¿El certificado es válido sin pagar la Tasa 046?

No en Andalucía: el certificado solo tiene validez cuando está inscrito en el Registro Andaluz de Certificados Energéticos, y esa inscripción exige haber abonado la Tasa 046.

¿Se puede recuperar la tasa si no registro el certificado?

Al abonarse por la inscripción, si el trámite no se presenta procede solicitar la devolución de ingresos indebidos ante la Agencia Tributaria de Andalucía con el justificante del 046. Lo práctico es no pagarla hasta tener el certificado emitido.

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