# Gastos deducibles en el IRPF por eficiencia energética

> Qué entra en la base de la deducción del IRPF por eficiencia energética y qué la tumba: medios de pago admitidos, subvenciones, límites y un ejemplo con cifras.

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22 de junio de 2026

![Facturas, calculadora y una maqueta de casa: gastos deducibles por eficiencia energética](https://certificadoenergeticohm.es/img/blog-gastos-deducibles-eficiencia-energetica-irpf.webp)

Si vas a aplicar la [deducción del IRPF por eficiencia energética](https://certificadoenergeticohm.es/blog/deducciones-fiscales-eficiencia-energetica-vivienda), la gran pregunta es: **¿qué gastos puedo meter en la base de la deducción?** Aquí tienes qué cuenta, qué no, las condiciones y un ejemplo práctico paso a paso.

> **En resumen:** entran las obras, los materiales, los honorarios técnicos y los **certificados energéticos**, siempre que pagues por medios bancarios (nunca en efectivo) y restes las subvenciones. **No** cuentan los equipos de combustibles fósiles.

## Qué es la "base de la deducción"

La base de la deducción es la **cantidad sobre la que se aplica el porcentaje** (20%, 40% o 60%). No es lo que te devuelven: es el importe de gastos con derecho a deducción, una vez restadas las ayudas y aplicado el límite máximo.

## Qué gastos SÍ entran

- Las **obras** de mejora de la eficiencia energética (ventanas, aislamiento, instalaciones).

- Los **materiales** empleados.

- Los **honorarios profesionales**: proyecto, dirección de obra y técnicos.

- Los **certificados de eficiencia energética**: el previo y el posterior a la obra.

- Equipos e instalaciones que mejoran la eficiencia (p. ej. una **bomba de calor / aerotermia**).

## Qué gastos NO entran

- Lo pagado en **efectivo** (no da derecho a deducción).

- Equipos que usen **combustibles fósiles** (p. ej. sustituir o instalar una caldera de gas o gasóleo).

- El importe de las **subvenciones** recibidas para la misma obra: hay que restarlas de la base.

- Lo que exceda de la **base máxima** de cada deducción.

- Obras en segundas residencias de uso propio, viviendas turísticas, garajes, trasteros, jardines o piscinas (en las deducciones del 20% y 40%).

## Qué medios de pago dan derecho a deducción (y cuál no)

Es la condición que más deducciones tumba, y la que más se pregunta. La norma exige que la obra se pague **por medios que dejen rastro bancario**: si pagas en efectivo, ese importe queda fuera de la base aunque tengas la factura y la obra sea perfectamente elegible.

| Medio de pago | ¿Da derecho a deducción? |
| --- | --- |
| Transferencia bancaria | Sí |
| Tarjeta de crédito o débito | Sí |
| Cheque nominativo | Sí |
| Ingreso en cuenta de la empresa | Sí |
| **Dinero en efectivo** | **No** |

Dos matices prácticos: el pago tiene que ir **a quien hace la obra** (la empresa, el instalador o el técnico), y conviene guardar el justificante bancario junto a la factura, porque es lo que se pide si Hacienda comprueba la deducción. Si has adelantado una parte en efectivo, no pierdes toda la deducción: pierdes **solo ese importe**, y el resto sigue computando.

## Condiciones para que un gasto compute

- **Pago bancarizado:** tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.

- **Dentro de plazo:** obras hasta el 31/12/2026 (deducciones del 20% y 40%) o hasta el 31/12/2027 (60%).

- **Mejora acreditada** con certificado energético **antes y después** de la obra.

## Los límites de la base

| Deducción | % sobre la base | Base máxima |
| --- | --- | --- |
| Mejora ligera (≥7% demanda) | 20% | 5.000 € |
| Mejora fuerte (≥30% o letra A/B) | 40% | 7.500 € |
| Rehabilitación de edificio | 60% | 5.000 €/año (15.000 € en 4 años) |

En la del 60%, lo pagado que supere los 5.000 € de un año puede deducirse en los **cuatro años siguientes**, hasta los 15.000 € acumulados.

## Ejemplo práctico paso a paso

Reforma en tu vivienda habitual, pagada por transferencia, que reduce más del 30% el consumo de energía primaria no renovable (deducción del **40%**):

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Ventanas con rotura de puente térmico | 5.200 € |
| Aislamiento de fachada (SATE) | 4.300 € |
| Aerotermia (bomba de calor) | 6.000 € |
| Honorarios técnicos y proyecto | 800 € |
| Certificado energético (previo + posterior) | 300 € |
| **Total facturas** | **16.600 €** |

- **Paso 1 — Gastos elegibles:** 16.600 € (todos computan; la aerotermia no usa combustible fósil).

- **Paso 2 — Restar subvenciones:** recibiste 3.000 € de ayuda → base = **13.600 €**.

- **Paso 3 — Aplicar el límite:** la base máxima del 40% es 7.500 €, así que la base se queda en **7.500 €**.

- **Paso 4 — Calcular la deducción:** 40% × 7.500 € = **3.000 € de ahorro en el IRPF**.

Si en lugar de aerotermia hubieras instalado una **caldera de gas**, ese importe **no contaría** (equipos de combustibles fósiles excluidos) y, además, probablemente no alcanzarías el 30% de reducción exigido.

## Errores que te dejan sin deducción

- Pagar algo en **efectivo**.

- No tener el certificado **previo** (o que sea de hace más de 2 años al empezar la obra).

- No restar la **subvención** de la base.

- Meter equipos de **combustibles fósiles**.

- No guardar facturas, justificantes de pago y ambos certificados.

El punto de partida es el **certificado energético**: sin el previo y el posterior, no hay nada que deducir. Nosotros los emitimos y registramos por ti — [solicítalo aquí](https://certificadoenergeticohm.es/solicitar), desde 49 € y en 24-48 h.

*Guía informativa; no es asesoramiento fiscal. Las deducciones por eficiencia energética dependen de fechas, tipo de vivienda y certificados, y han cambiado varias veces. Confirma los detalles en la Agencia Tributaria o con tu asesor.*

## Preguntas frecuentes

**¿El certificado energético entra en la base de la deducción?**

Sí. Los honorarios del certificado de eficiencia energética, tanto el previo como el posterior a la obra, computan en la base de la deducción junto con las obras, los materiales y los honorarios técnicos.

**¿Qué medio de pago no da derecho a la deducción por eficiencia energética?**

El dinero en efectivo. La transferencia bancaria, la tarjeta de crédito o débito, el cheque nominativo y el ingreso en cuenta sí dan derecho a deducción; lo pagado en efectivo queda fuera de la base aunque tengas la factura.

**¿Cuál es la base máxima de la deducción?**

5.000 € en la deducción del 20%, 7.500 € en la del 40%, y 5.000 € al año (hasta 15.000 € acumulados en cuatro años) en la del 60% por rehabilitación de edificio.

**¿Tengo que restar la subvención de la base?**

Sí. De la base de la deducción hay que descontar el importe de las ayudas o subvenciones recibidas para la misma obra.

**¿Entra la sustitución de una caldera de gas o gasóleo?**

No. Los costes de instalar o sustituir equipos que usen combustibles fósiles no computan en la base de la deducción.

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